Los contratos de adopción de animales no son papel mojado


Cuando adoptas un animal en una protectora, sueles tener que firmar un contrato de adopción, un acuerdo entre particulares, que te compromete a una serie de cosas. Normalmente a esterilizar en el caso de que el animal no lo esté, a no regalarlo ni venderlo sin informar previamente a la asociación, a ponerte en contacto con ellos si por lo que sea no puedes seguir atendiéndole…

Pueden cambiar ligeramente de unos a otros, pero lo que buscan básicamente es el bienestar del animal y no perderle la pista. Pero me consta que para muchos adoptantes es poco más que un papel mojado. ¿Hasta qué punto es vinculante?

A mediados de enero hubo una sentencia que crea jurisprudencia y me parece relevante para entender que es un compromiso que hay que tomarse en serio. Un hombre adoptó a una podenca, Brenda, en 2016. Pero la perra desapareció, aparentemente la entregó o vendió a otra persona, y el hombre no respondía a la asociación, que acabó llevándolo ante el Juzgado de Primera Instancia 1 de Granada.

Dicho juzgado revocó la adopción de la perra por incumplir las obligaciones del contrato. La sentencia impone la devolución del animal a la asociación, el problema es que aún no se sabe dónde está Brenda.

Así lo contaba la agencia Europa Press:

Se trata de una de las primeras sentencias de España que revocan la adopción de un animal, en el marco de un proceso impulsado por la ‘Asociación Animalista Peludísimos Granada’ para dar con este perro de raza podenco llamado Brenda, después de que la persona que lo adoptó dejara de darles información sobre ella incumpliendo lo acordado.

El juicio por estos hechos se celebró el pasado 11 de diciembre y entre las pruebas que se han presentado por la asociación se encuentran tanto el contrato de adopción como una serie de conversaciones por Whatsapp en las que el demandando se negaba a decirles dónde estaba Brenda, según ha relatado a Europa Press el letrado que ha llevado el caso, Aritz Toribio, especializado en Derecho Animal.

Una de las dificultades en este tipo de causas es que no existe una figura jurídica adecuada para los contratos de adopción de animales, pese a la gran cantidad que se realizan cada año, y no hay jurisprudencia al respecto. Por ello, en este caso se ha tratado jurídicamente la adopción de Brenda como una donación.

La demanda fue admitida a trámite en el Juzgado y el adoptante se declaró en rebeldía. Para dictar sentencia, la rebeldía debía ser notificada al demandado, pero el hombre falleció en junio del año anterior.

Pese a ello, la asociación mantuvo su demanda y la vista se celebró el pasado diciembre, tras lo que el juzgado ha revocado la “donación” de Brenda, cuyo paradero aún desconoce el colectivo. Sospechan que la tiene otra persona y si la localizarán reclamarán su devolución.

La asociación demandante ha señalado que están para ayudar a los animales y cuentan con los recursos legales suficientes para hacer cumplir los llamados contratos de adopción, “que no dejan de ser obligaciones interpartes”, aunque hacen un llamamiento para que se legisle y se cree una figura jurídica adecuada para ellos.

La perra que ilustra este contenido es una cruce de podenco, tal vez semejante a Brenda, que apareció abandonada y busca con urgencia adopción o acogida.

Tiene unos ocho años, muy buen carácter y es apta en casas con gatos. Está en Madrid.

Contacto: 605 082 955‬




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