El Ayuntamiento de Mogán recoge a un gato con una herida abierta y lo abandona en una colonia felina, sin prestarle atención veterinaria

 

El Ayuntamiento de Mogán recoge a un gato con una herida abierta y lo abandona en una colonia felina, sin prestarle atención veterinaria



Hasta tres días han estado llamando desde los Apartamentos Valle Marina, en Arguineguín – Mogán, para que el Ayuntamiento de Mogán se hiciera cargo de un gato con una herida abierta que rondaba por las instalaciones.




La herida, a la altura de la base de la cola, ya estaba necrosándose cuando finalmente un operario del Ayuntamiento se personó al tercer día. Los trabajadores del complejo turístico se extrañaron que no fuera con ningún sistema de transporte adaptado, por lo que tuvieron que buscar una caja de cartón para que finalmente se lo llevara.




Lejos de brindarle una atención veterinaria para salvarle la vida del animal, el operario municipal optó por soltarlo en una colonia felina cercana, debido a que el Ayuntamiento no tiene servicio de recogida de gatos y por lo que se ve de gatos heridos tampoco. Los Ayuntamientos son los competentes en la recogida de animales en vía pública y están obligados a garantizar atención veterinaria a los animales heridos encontrados en su municipio.




La Plataforma Leales.org ya le había conseguido cita para una atención veterinaria en una clínica cercana, pero el animal ha quedado desamparado y con la infección siguiendo su proceso. Desde la Plataforma ruegan que si alguien lo ve por la calle o en alguna colonia felina, se ponga en contacto y lo traslade urgentemente a la clínica Tenesoya, en Arguineguín.


La Plataforma animalista insta al Ayuntamiento a disponer de un servicio de recogida de gatos heridos o con chip, ya que el actual únicamente es de perros. Se exige que el Ayuntamiento disponga de una simple gatera municipal, donde alojar temporalmente a los gatos encontrados heridos o con chip, a la espera de sus curas o de localizar a su titular.


El abandono de animales heridos, cuando peligra la vida del animal, pasa a ser de infracción administrativa a delito de maltrato penal, tipificado en el artículo 337 del Código Penal.


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